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Aduanas de Ceuta: Obstáculos ilegítimos a la libre circulación de mercancías

Los usuarios se muestran críticos con la situación de la aduana de la frontera de Ceuta con Marruecos, que sigue sin andar

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Usuarios del sector comercial y ciudadanos en general han difundido un comunicado en el que muestran su preocupación por la indefinición y parálisis del proceso para poner en marcha la aduana de Ceuta con Marruecos.

Éste es el texto íntegro de la comunicación:

«Introducción:
En los últmos días, un grupo de consumidores ceutíes se ha visto afectado por una polémica decisión de las autoridades aduaneras de Ceuta, que ha generado malestar y preocupación en la población local. La negativa a despachar importaciones provenientes de Marruecos sin la presentación de un documento inusual ha desencadenado una serie de cuestionamientos sobre la legalidad y equidad de dicha medida.
Antecedentes de Hecho:
Según los agentes de aduanas, esta medida se basa en una circular emitida por la Aduana de Ceuta, supuestamente bajo las órdenes del Técnico Jefe de la Aduana. Sin embargo, la falta de firma y la ausencia de identificación del responsable generan incertidumbre sobre la legalidad de esta acción. Más aún, los consumidores consideran que esta circular es ilegal y sin precedentes, ya que exige la presentación del DUA de exportación, un requisito no solicitado en ninguna otra aduana española ni europea.
Normativas Relevantes:
La Resolución de 17 de marzo de 2023, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que modifica la de 11 de julio de 2014, establece las instrucciones para la formalización del DUA. Esta modificación indica que las formalidades aduaneras deben ser las mismas que con otros territorios terceros, subrayando la importancia de la normalización en la circulación de mercancías.
Además, la Declaración conjunta de la XII Reunión de alto nivel entre Marruecos y España, celebrada en Rabat el 2 de febrero de 2023, refuerza este compromiso. En su apartado 42, ambas partes reiteran su compromiso con la plena normalización de la circulación de personas y mercancías, reconociendo la importancia de dispositivos de control aduaneros y de personas a nivel terrestre y marítimo.
Cuestionamientos:

  1. ¿Ciudadanos de segunda? Nos preguntamos si los ciudadanos de Ceuta están siendo tratados como ciudadanos de segunda categoría al ser sometidos a requisitos excepcionales no impuestos en otras aduanas españolas y europeas.
  2. ¿Privilegios diferenciados? ¿Es justo que un español de Algeciras o Málaga goce de más privilegios que un residente de Ceuta en el proceso de importación?
  3. ¿Contravención a la libre circulación de mercancías? Nos planteamos si la medida adoptada por la Aduana de Ceuta es contraria a los principios de la libre circulación de mercancías y a la libertad comercial, valores fundamentales en la Unión Europea.
  4. ¿Cuestión política sin resolver? ¿Se trata de una cuestión política no resuelta en los despachos oficiales que, lamentablemente, está siendo sufragada por la población ceutí debido a las presuntas incompetencias de las autoridades competentes?
  5. ¿Aduana de segunda? Finalmente, nos preguntamos si la Aduana de Ceuta es tratada como una aduana de segunda categoría, imponiendo requisitos extraordinarios que no se aplican en otras zonas del país o de Europa.
    Solicitud:
  6. Solicitamos con urgencia que se atienda esta reclamación y se restablezcan los cauces legales que permitan a los consumidores importar sus bienes, como se venía haciendo hasta el 1 de noviembre del presente año.
  7. Exigimos que las autoridades de la Aduana y la Delegación del Gobierno asuman responsabilidades respecto a la emisión de la circular, cuestionando su legalidad y la falta de identificación del responsable, con el objetivo de garantizar la transparencia y legalidad en los procedimientos aduaneros de Ceuta.

En conclusión, es fundamental abordar este problema de manera inmediata para evitar perjuicios innecesarios a los consumidores ceuties y preservar los principios fundamentales de la libre circulación de mercancías y la igualdad de derechos en todo el territorio español.»

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