La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado un nuevo revés al juez de instrucción Juan Carlos Peinado. En un auto emitido este lunes, el tribunal ha dejado sin efecto la resolución del magistrado que permitía tramitar el caso de Begoña Gómez, su asesora Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés mediante el juicio con jurado popular. Los jueces de la Sección 23 consideran que, tras año y medio de investigación, Peinado no reunió “indicios concluyentes y sólidos” que respaldaran una decisión de esta relevancia procesal.
La sentencia ordena que las diligencias vuelvan al estado anterior a la transformación del procedimiento. La Audiencia critica duramente al juez instructor, señalando que “no es admisible” avanzar hacia un juicio con jurado basándose solo en una “simple apariencia de verosimilitud” de la denuncia inicial. Según el tribunal, el magistrado vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva de los investigados al no especificar con claridad las conductas atribuidas ni la base indiciaria que sostiene la acusación.
El auto pone de manifiesto que, aunque el caso pueda tener una “base objetiva” para ser investigado, el juez no ha fundamentado por qué los hechos constituyen delitos de tráfico de influencias, malversación, intrusismo o corrupción en los negocios con la seguridad necesaria para avanzar de fase. Los magistrados destacan que en ilícitos de esta complejidad técnica no basta una mera exposición objetiva de los hechos, sino que es imprescindible una “mínima verificación de su consistencia” antes de adoptar resoluciones que afecten al formato del juicio.
Esta resolución se suma a las correcciones previas que la Audiencia ya había realizado sobre la gestión de Peinado. Meses atrás, el tribunal ya le prohibió investigar las conductas por separado, obligándole a unificar todas las líneas de investigación en un solo procedimiento principal. Ahora, los jueces insisten en que si no era admisible dividir la causa sin concreción fáctica, “mucho menos lo es” someterla a los trámites del jurado sin indicios racionales de criminalidad debidamente justificados.
A pesar de este frenazo procesal, la Audiencia de Madrid mantiene vigentes las diligencias de investigación acordadas por el juez Peinado. La instrucción continuará ahora bajo el procedimiento abreviado ordinario, lo que implica que, en caso de juicio, el tribunal estará compuesto por magistrados profesionales y no por ciudadanos particulares. Así, el caso entra en una etapa de “recalibración” donde la acusación deberá concretar las pruebas antes de intentar cualquier otro cambio en el procedimiento.


