La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) dictó el pasado jueves una resolución que condena a Brasil por las detenciones ilegales y las torturas sufridas por Denise Peres Cripsim y Eduardo Leite en el marco de la dictadura brasileña de 1970.
En dicha sentencia, el tribunal declaró que el Estado brasileño es «responsable internacionalmente» por la falta de investigaciones adecuadas sobre las denuncias de tortura y la ejecución extrajudicial de Eduardo Leite. Además, la CorteIDH subrayó que estas violaciones afectaron profundamente a los familiares de las víctimas, privándolos del acceso a la verdad y a su integridad personal.
El fallo destaca que los delitos cometidos contra Denise y Eduardo califican como crímenes de lesa humanidad, por lo que no prescriben conforme al derecho internacional. Esto pone de relieve la urgencia de enfrentar la impunidad que ha caracterizado la justicia brasileña en relación con estos casos.
Los acontecimientos que motivaron la condena ocurrieron entre julio y diciembre de 1970. Denise, en estado de embarazo de seis meses, fue arrestada bajo cargos de subversión y terrorismo. Durante su detención, permaneció en la Comisaría de Orden Político-Social (DOPS), donde fue sometida a torturas desde el 23 de julio hasta el 3 de agosto.
El 11 de agosto, dada la amenaza que la tortura implicaba para su embarazo, fue trasladada a un hospital clandestino. Su hija, Eduarda, nació en dicho hospital el 11 de octubre, aunque el nacimiento no fue registrado oficialmente.
Por su parte, Eduardo Leite fue detenido el 21 de agosto de 1970 y, según la Comisión Nacional de la Verdad, permaneció bajo custodia estatal durante 109 días. En ese período, sufrió torturas antes de que se difundiera falsamente su fallecimiento en un tiroteo ocurrido el 8 de diciembre de ese año. La CNV documentó que Eduardo fue realmente asesinado por un oficial mayor del Ejército.
La CorteIDH enfatizó la necesidad de que el Estado realice investigaciones, procese y, en su caso, sancione a los responsables, incorporando una perspectiva de género en el caso de Denise. En 2011, ella interpuso una denuncia penal sobre la tortura y muerte de su esposo, pero en 2012 el fiscal archivó el caso alegando que los delitos no eran imprescriptibles según la legislación brasileña.
El tribunal ordenó a Brasil que investigue estos hechos, castigue a los culpables, localice los restos de Eduardo Leite y rectifique su certificado de defunción. También solicitó la realización de un acto público en el que el Estado asuma su responsabilidad internacional y adopte medidas para reconocer la imprescriptibilidad de estos delitos en el ordenamiento jurídico brasileño.



