La Ciudad Autónoma de Ceuta ha aprobado las directrices que autorizan la colocación de sistemas de videovigilancia dentro de los taxis, conforme a la Ordenanza Reguladora del Servicio de Transporte Urbano de Viajeros, ratificada por el Pleno de la Asamblea el 30 de octubre de 2024.
Este decreto, firmado por el consejero de Fomento, Alejandro Ramírez, se publicó este viernes en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE).
Propósito: incrementar la protección en los vehículos
La normativa permite que, con la previa aprobación del Ayuntamiento, los titulares de licencias de auto-taxi puedan instalar sistemas de videovigilancia para aumentar la seguridad de conductores y pasajeros, especialmente en situaciones donde otras medidas como mamparas o botones de emergencia resulten insuficientes.
Las cámaras deberán situarse en la parte superior central del parabrisas delantero, sin obstaculizar la visión del conductor ni interferir con dispositivos del vehículo, tales como el taxímetro o el módulo tarifario.
Requisitos para solicitar la instalación
Los interesados tienen que presentar una solicitud formal junto con una declaración responsable que asegure que el sistema cumple con la legislación vigente y que su único objetivo será la seguridad interna del vehículo. Además, se comprometen a que las grabaciones se limiten al interior del taxi, captando imágenes externas solo en casos estrictamente necesarios.
Respecto al tratamiento de datos, las grabaciones deberán eliminarse en un máximo de un mes, salvo que existan incidentes que justifiquen su conservación. En estas circunstancias, el material deberá ser entregado a la autoridad competente en un plazo no mayor a 72 horas desde que se tenga conocimiento de la grabación.
Además, los taxis tendrán que exhibir un cartel visible que informe sobre la presencia del sistema de videovigilancia y los derechos de los pasajeros referentes al uso de sus datos personales.
Documentación y responsabilidades de los taxistas
Una vez obtenida la autorización, los titulares dispondrán de diez días hábiles para enviar la documentación que pruebe la correcta instalación del sistema y del cartel informativo.
Deberán también:
- Cumplir con las condiciones determinadas en la autorización.
- Solicitar la revocación de la autorización antes de retirar el sistema.
- Comunicar cualquier sanción firme relacionada con el uso del sistema.
- Corregir posibles incumplimientos en un plazo de diez días cuando sea requerido.
Si no se subsanan los incumplimientos, se revocará la autorización y se exigirá la retirada inmediata del sistema de videovigilancia.
Vías de recurso
Los particulares que no estén de acuerdo con la resolución administrativa pueden presentar un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o acudir a la vía contencioso-administrativa en un periodo de dos meses.
