Bizum se ha impuesto como el método preferido por los españoles para realizar transferencias. Tras alcanzar un récord en 2025 con más de 1.200 millones de movimientos, el Ministerio de Hacienda ha establecido nuevas medidas para supervisar estos flujos de dinero. Desde febrero de 2026, se activará una etapa adicional de control regulada por el Real Decreto 253/2025, orientada a incrementar la transparencia de los ingresos y luchar contra la economía oculta.
A continuación, explicamos cómo esta regulación puede afectarte según tu perfil y qué información recibirá la Agencia Tributaria.
Eliminación del límite de 3.000 euros para profesionales
Hasta el momento, las entidades bancarias solo tenían la obligación de reportar ingresos superiores a 3.000 euros. Sin embargo, a partir de 2026 desaparece este límite para todas las transacciones relacionadas con actividades económicas.
Desde febrero, las entidades financieras remitirán a Hacienda un informe mensual con los datos de autónomos y empresas que utilicen Bizum o plataformas similares para recibir pagos por sus servicios o ventas.
Información que recibirán las autoridades fiscales
La Agencia Tributaria obtendrá cada mes un resumen acumulado que incluirá:
- Datos identificativos del profesional o la empresa.
- Número de comercio y terminales de punto de venta asociados.
- Importe global facturado mensualmente a través de este sistema.
- Información sobre las cuentas bancarias donde se registran estos cobros.
Es relevante aclarar que Hacienda no tendrá acceso a los detalles de cada operación, sino al total mensual acumulado de cada profesional.
¿Afecta esta medida los pagos entre particulares?
Esta cuestión preocupa a muchos usuarios. La Agencia Tributaria ha emitido un comunicado para despejar dudas: los pagos entre particulares quedan excluidos del reporte mensual, siempre y cuando no estén vinculados a una actividad económica.
- Cenas, regalos o gastos compartidos: Si utilizas Bizum para saldar cuentas cotidianas, no es necesario declarar estos movimientos ya que no generan ingresos ni incrementos patrimoniales.
- El umbral de 10.000 euros: Aunque esta cifra es habitual en la normativa para prevenir el blanqueo de capitales, no implica que los Bizums habituales deban ser declarados.
Situaciones específicas: alquileres y donaciones
Aunque los pagos entre particulares están generalmente excluidos, existen excepciones fundamentadas en la naturaleza del importe, no en el medio de pago:
- Alquileres: Los ingresos recibidos por rentas a través de Bizum deben ser declarados como rendimientos del capital inmobiliario.
- Donaciones: Transferencias que se consideren donaciones (por ejemplo, entre padres e hijos con cantidades significativas) están sujetas al impuesto de sucesiones y donaciones en la comunidad autónoma correspondiente.
- Ventas de segunda mano: Si vendes un artículo y obtienes un beneficio económico (es decir, lo vendes por más de su precio de adquisición), estás obligado a tributar por esa ganancia patrimonial.
Recordatorio sobre límites de efectivo y pagos con tarjeta
Aunque no están directamente relacionados con Bizum, la organización Asufin señala que los bancos continúan reportando otras operaciones anuales relevantes:
- Retiros en efectivo de particulares que superen los 3.000 euros.
- Pagos acumulados con tarjeta que excedan los 25.000 euros anuales.


