El nuevo marco normativo, acordado con CCOO y UGT, pone fin a la figura del “becario low cost” y refuerza las garantías formativas y de derechos de quienes realizan prácticas en empresas e instituciones.
Madrid, 4 de noviembre de 2025. – El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social, el Estatuto de las Personas en Formación Práctica No Laboral, conocido popularmente como Estatuto del Becario. La nueva norma delimita con claridad las actividades formativas de las laborales y establece un régimen jurídico propio para las personas que realizan prácticas en empresas, instituciones u organismos públicos o privados.
Con esta medida, el Gobierno da cumplimiento a la disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 32/2021, de medidas urgentes para la reforma laboral, que comprometía la creación de un marco regulador para garantizar la igualdad y la estabilidad en el acceso a la formación práctica.
Fin de la figura del “trabajador low cost”
El nuevo Estatuto busca asegurar que las prácticas no se conviertan en una fórmula de precarización del empleo. “Las personas becarias no pueden ser trabajadoras low cost. La formación práctica debe ser una herramienta de aprendizaje, no de sustitución de empleo”, señalan desde el Ministerio de Trabajo.
La norma establece que las personas en prácticas no podrán sustituir en ningún caso a trabajadores o trabajadoras de plantilla, y que las tareas que realicen deberán estar vinculadas directamente al contenido formativo y al itinerario educativo correspondiente.
Amplio consenso sindical y empresarial
El texto es fruto de una negociación prolongada en el marco del diálogo social, que ha incorporado aportaciones tanto de las organizaciones sindicales como empresariales. El acuerdo final ha sido alcanzado con los sindicatos CCOO y UGT.
El cambio de denominación —de “becario” a “persona en formación práctica no laboral”— supone también un giro simbólico. El objetivo es “pasar página de un concepto degradado por años de precariedad y reconocer los derechos de quienes están en formación y de las personas trabajadoras en general”, subrayan fuentes del Ministerio.

Un marco regulador para garantizar igualdad y calidad formativa
El Estatuto regula los periodos de formación práctica vinculados a grados de Formación Profesional, enseñanzas universitarias, artísticas o deportivas, así como a especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo.
Entre sus principales novedades destacan:
- Prohibición de sustitución laboral: las prácticas no podrán reemplazar puestos de trabajo ni tareas de personas asalariadas.
- Plan individual de formación: cada persona en prácticas deberá contar con un plan formativo obligatorio y personalizado.
- Tutoría garantizada: cada tutor o tutora podrá atender como máximo a cinco personas en formación, y el número total de personas en prácticas no podrá superar el 20% de la plantilla de la empresa.
- Derechos y compensaciones: las personas en prácticas tendrán derecho a compensación de gastos, descansos y acceso a los mismos servicios del centro de trabajo que el resto de la plantilla.
- Protección y prevención: se reconoce su derecho a la protección frente a la violencia y el acoso, así como a la información por parte de la representación legal de las personas trabajadoras.
- Supervisión e inspección: la Inspección de Trabajo y Seguridad Social tendrá acceso a la documentación de las prácticas, y la planificación anual incluirá actuaciones específicas para vigilar el cumplimiento de la norma.
Un paso adelante en igualdad de oportunidades
El Ministerio de Trabajo considera que el nuevo Estatuto será un instrumento clave para la igualdad de oportunidades y la mejora de la calidad formativa en España. “Queremos que la formación en empresas deje de ser un espacio de precariedad y se convierta en una verdadera palanca de inserción laboral”, destacan fuentes del departamento.
Con la aprobación de este texto, el Gobierno refuerza su compromiso con la reforma del mercado laboral y la protección de los derechos de las personas jóvenes y en formación, garantizando que la experiencia práctica se base en la cualificación y no en la explotación.

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