El Ministerio de Sanidad junto con las comunidades autónomas ha concluido el borrador del renovado ‘Manual de Buenas Prácticas de la Eutanasia’, un documento con el propósito de modificar la gestión de esta prestación en España. Este texto, que se discutirá en el Consejo Interterritorial el próximo 9 de abril, presenta reformas importantes para agilizar los trámites y asegurar el acceso de los pacientes a este servicio.
Claridad en la objeción de conciencia
Entre las medidas más relevantes destaca la exigencia de que los médicos que decidan no participar en la prestación deben inscribirse de forma previa en el registro oficial de objetores.
Las autoridades pretenden eliminar la figura de la «objeción presunta». Fuentes técnicas de las consejerías de Sanidad indican que para planificar adecuadamente el servicio es fundamental conocer anticipadamente qué profesionales están disponibles. Con esta nueva normativa, el médico que desee ejercer su derecho a la objeción deberá:
- Estar registrado previamente en el listado oficial.
- Comunicar al paciente su condición de objetor de forma clara y explícita.
- Registrar y remitir inmediatamente la petición del paciente a su superior para evitar retrasos en el procedimiento.
Mayor protagonismo de Enfermería ante la escasez de médicos
El borrador reconoce formalmente el rol que desempeña la Enfermería en la práctica cotidiana. Frente a la dificultad para localizar médicos responsables en algunas zonas —donde la tasa de objeción es elevada—, el manual concede a los enfermeros nuevas competencias:
- Recepción de solicitudes: Podrán registrar la «primera solicitud protocolizada» del paciente para su posterior envío al médico.
- Equipo asistencial de referencia: Se incorporan como un elemento esencial en el acompañamiento y soporte al paciente.
- Proceso deliberativo: Participarán en las entrevistas con el paciente de manera coordinada con el médico, incluso sin la presencia física del profesional en ese momento.
No obstante, el documento aclara que la Enfermería no asumirá responsabilidades en la toma de decisiones clínicas ni en la verificación de los requisitos legales, que continúan siendo atribuciones exclusivas del médico responsable conforme a la Ley Orgánica de la Eutanasia (LORE).
Reducción de plazos y protocolo para donación de órganos
El Ministerio de Sanidad valora que aproximadamente en un 33% de los casos existe el riesgo de un fallecimiento próximo durante el proceso de tramitación. Para evitar que el paciente muera en espera de la prestación, el nuevo manual contempla la posibilidad de acortar el período de 15 días de reflexión si el médico responsable determina que la situación clínica lo justifica.
Asimismo, se incorporan protocolos específicos para la donación de órganos tras la eutanasia:
- El paciente podrá despedirse de sus familiares en su domicilio.
- Después, será trasladado a un hospital para la administración de la sustancia y la extracción de órganos, coordinado con la Organización Nacional de Trasplantes (ONT).
«Pretendemos que la objeción sea clara y previa para planificar la prestación; es necesario eliminar la incertidumbre administrativa». — Fuente técnica del Ministerio de Sanidad.
Este manual reemplazará al elaborado en 2021 con el fin de adaptar la ley a las circunstancias actuales de la asistencia sanitaria, cinco años después de que la normativa entrara en vigor en España.


