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miércoles, diciembre 17, 2025
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El Supremo confirma la sanción a una fiscal de Barcelona por filtrar un borrador de sentencia sobre violación

El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la multa de 800 euros impuesta por el ex fiscal general Álvaro García Ortiz a una fiscal de Barcelona, debido a una falta disciplinaria grave. El Tribunal Superior consideró probado que la funcionaria divulgó a un medio de comunicación un borrador de una sentencia relacionada con un caso de agresión sexual antes de que la decisión se notificase oficialmente. La resolución indica que la fiscal actuó con «plena conciencia» de que el documento no era definitivo, lo que llevó a la publicación de la información mientras la Audiencia de Barcelona aún deliberaba.

Cronología de una difusión anticipada

Los hechos tuvieron lugar en febrero de 2024. Según lo establecido, la fiscal pidió a una funcionaria una copia del borrador de la sentencia a las 09:32 horas del 9 de febrero. A pesar de haber sido advertida de que el texto no estaba firmado ni notificado, el contenido se publicó en la edición digital de El País a las 10:46 horas, apenas una hora después.

El titular inicial indicaba que un hombre había sido condenado a cinco años por violar a una mujer en una discoteca de Barcelona. La precisión de esta información llevó a que la Audiencia de Barcelona emitiera una providencia urgente para aclarar que «aún no se había dictado sentencia». Esto provocó que el periódico corrigiera su nota, indicando que la información se basaba en una «propuesta del magistrado ponente».

Elementos que involucran a la fiscal

Aunque la fiscal negó haber sido la fuente e insinuó que otras personas como magistrados o la acusación particular podrían haber sido responsables de la filtración, el Supremo sostuvo con claridad que los indicios «no dejan lugar a duda razonable»:

  • Acceso directo: La fiscal recibió la copia física minutos previos a la publicación.
  • Información detallada: La noticia contenía datos tan específicos del borrador que solo el documento facilitado a la fiscal habría podido originarlos.
  • Comunicación previa: La propia sancionada admitió haber contactado con la acusación particular para informar del contenido del fallo antes de su difusión oficial.

Desestimación de las defensas presentadas

La defensa de la fiscal intentó anular la sanción alegando que el texto periodístico mencionaba un voto particular que, según ella, no estaba incluido en el borrador que recibió. Sin embargo, el Supremo señaló que ese detalle «no invalida la prueba corroborada» de la entrega del borrador principal.

El tribunal concluyó que la decisión adoptada por García Ortiz está fundamentada en una evaluación cuidadosa y adecuada de las pruebas, confirmando que la actuación de la fiscal contravino los deberes de confidencialidad y custodia de información sensible en el desempeño de sus funciones.

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