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El Supremo limita anulaciones masivas del IRPH y deja incierto el futuro de un millón de familias hipotecadas

La resolución del Tribunal Supremo respecto a las hipotecas vinculadas al IRPH establece la necesidad de valorar cada caso de manera individual, complicando así las reclamaciones para quienes esperaban un fallo general favorable.

El Tribunal Supremo ha modificado su postura sobre el controvertido índice hipotecario IRPH. En vez de anular automáticamente todas las cláusulas relacionadas con este índice, el Alto Tribunal ha decidido que la posible abusividad debe evaluarse en cada caso concreto, devolviendo la responsabilidad a los juzgados.

Con esta decisión, el Supremo descarta una solución homogénea y adopta un criterio más restrictivo: no es suficiente que el IRPH sea superior a otros índices, sino que debe determinarse si los bancos proporcionaron información clara y transparente a cada cliente al momento de firmar la hipoteca. El tribunal ha establecido directrices para que los jueces realicen esta evaluación de transparencia.

Este enfoque supone un desafío para varias asociaciones de consumidores, que consideraban al IRPH como una cláusula sistemáticamente perjudicial. Se estima que aproximadamente un millón de hogares en España tienen hipotecas referenciadas a este índice. Para estos afectados, el proceso de reclamación será más complejo, requiriendo pruebas específicas sobre la falta de información transparente por parte de las entidades financieras.

Organizaciones como ASUFIN han expresado críticas hacia la decisión, señalando que el Supremo se distancia de la línea fijada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y favorece un criterio más protector para las entidades bancarias. También señalan que la carga de la prueba impuesta dificultará que muchos consumidores puedan revisar o anular sus préstamos.

Por su parte, el Tribunal Supremo justifica su postura argumentando que no todas las circunstancias son iguales: “la nulidad procedente depende de las condiciones particulares de cada préstamo y litigio”, comentaron los magistrados.

En conclusión, aunque no se cierra completamente la vía judicial para los hipotecados con IRPH, el fallo limita considerablemente las posibilidades de obtener una resolución colectiva inmediata. Cada afectado deberá acudir a los tribunales y demostrar que su contrato no cumplió con los requisitos de transparencia establecidos por la normativa vigente.

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