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martes, febrero 17, 2026
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El Tribunal Supremo considera delito de odio los insultos raciales hacia inmigrantes

El Tribunal Supremo ha ratificado la condena a un individuo en Valencia que dirigió insultos racistas al propietario de un bar, estableciendo un precedente legal sobre el reconocimiento de estas agresiones verbales como delito de odio.

El tribunal superior confirmó una sanción de seis meses de prisión junto con una multa de 1.260 euros contra el acusado, quien en enero de 2022 profirió expresiones ofensivas durante un altercado relacionado con una máquina de tabaco. La sentencia detalla que el imputado también amenazó con matar al dueño del local y, al arribar la Policía, persistió en sus comentarios racistas y en exigir reproches basados en su condición de español frente al propietario.

El Tribunal Supremo recalca que el odio dirigido a una persona por su raza o nacionalidad no puede considerarse leve, constituyendo una manifestación de odio que debe ser sancionada penalmente. La resolución destaca que estas conductas se evidencian incluso en ámbitos públicos, como eventos deportivos, donde se profieren insultos a jugadores por su color de piel o procedencia, subrayando que tales ataques deben ser objeto de reproche legal.

Con esta resolución, el Tribunal Supremo fortalece la protección de las personas frente a agresiones verbales motivadas por racismo y xenofobia, consolidando la interpretación de que los insultos basados en la raza o condición de extranjero forman parte del delito de odio.

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