El Ministerio de Hacienda ha otorgado un margen adicional a pymes y autónomos al aplazar hasta 2027 la implementación obligatoria del sistema de verificación de facturas Verifactu. No obstante, esta extensión es parcial, ya que a partir de julio de 2025 el software de facturación que se comercialice debe cumplir plenamente con la nueva normativa.Cuerpo del Artículo
El Ministerio de Hacienda, bajo la dirección de la vicepresidenta primera María Jesús Montero, ha atendido las demandas del sector empresarial y ha ajustado el cronograma previsto para la implementación del sistema Verifactu.
La obligatoriedad de aplicar este sistema se pospone y se aplicará en dos etapas:
- 1 de enero de 2027: para grandes empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027: para el resto de pymes y autónomos.
Esta modificación ha sido valorada positivamente por los técnicos de Hacienda (Gestha), quienes afirman que la ampliación del plazo permitirá a las empresas adaptar sus sistemas con mayor seguridad, tomando en cuenta que casi el 79% de las pymes no estaban listas para el calendario original.
La adaptación del software no se retrasa
Aunque se amplía el plazo para la obligatoriedad del uso, especialistas tecnológicos advierten que la prórroga solo es parcial. Javier Torres, director general de Cegid, señala que las nuevas fechas solo modifican el momento en que será obligatorio emitir facturas verificables, pero no afectan a la necesidad de adaptar el software.
Todo programa de facturación vendido o adquirido a partir del 29 de julio de 2025 —ya sea por cambio de sistema o inicio de actividad— debe cumplir completamente con el reglamento de Verifactu y el Reglamento SIF (Sistemas Informáticos de Facturación). Además, las obligaciones establecidas en la Ley Antifraude y los requisitos para las actualizaciones de software instalados continúan vigentes.
Reacciones del sector empresarial: consenso entre alivio y precaución
Las entidades empresariales, que venían solicitando desde hace meses una modificación del calendario, han recibido favorablemente el nuevo plazo.
- Asociaciones Alimentarias (Ceoppan, Fedepesca, Cedecarne): señalaron que el calendario inicial representaba una «carga difícil de asumir» para miles de pequeños comercios, particularmente vulnerables ante multas de hasta 50.000 euros por utilizar softwares sin certificación.
- Jóvenes Empresarios (Ceaje): indicaron que el aplazamiento era esencial para no poner en riesgo la viabilidad de los pequeños negocios.
- Cepyme: reconoció el ajuste del calendario y pidió que las siguientes fases se planifiquen con un «enfoque práctico» que evite costos excesivos para las empresas más pequeñas.
Verifactu: finalidad y modos de operación
Verifactu es un sistema de registro de facturas desarrollado por la Agencia Tributaria en el contexto de la Ley Antifraude. Su principal misión es asegurar que todas las facturas emitidas sean inalterables, rastreables y accesibles desde el momento de su creación.
Esta normativa se dirige a autónomos y sociedades que no se encuentren dentro del régimen del Suministro Inmediato de Información (SII).
El sistema contempla dos modalidades principales:
- Verifactu: transmite automáticamente y en tiempo real los registros de las facturas a la AEAT.
- No Verifactu: no realiza el envió instantáneo, pero garantiza la integridad, firma electrónica y conservación rigurosa de los registros.
Adicionalmente, el reglamento exige incorporar un código QR tributario y contar con un registro seguro para cada factura.



