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La Agencia Tributaria no supervisa los regalos de Reyes salvo los de alto valor

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) no realiza un seguimiento generalizado de los regalos que los ciudadanos reciben durante la festividad de los Reyes Magos, según explican expertos del Ministerio de Hacienda. En términos prácticos, los presentes habituales —como juguetes, prendas de vestir o pequeños dispositivos electrónicos— no implican obligaciones fiscales, salvo que su valor económico sea excepcionalmente elevado.

El sindicato de técnicos del Ministerio, Gestha, señala que, aunque en teoría cualquier regalo estaría sujeto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (que grava las transferencias entre particulares), la Agencia Tributaria y las haciendas autonómicas no supervisan ni reclaman este impuesto en la mayoría de los casos habituales de estas fechas.

El control por parte de la administración autonómica y la obligación de declarar el impuesto se activarían solo al recibir bienes de gran valor, como sumas importantes de dinero, propiedades, vehículos o joyas. En tales situaciones, la autoridad fiscal podría requerir la documentación pertinente para regularizar la situación fiscal del receptor conforme a la normativa de la comunidad autónoma correspondiente.

Gestha enfatiza que recibir regalos “comunes” por Reyes no genera problemas fiscales, ya que ni la AEAT ni las haciendas autonómicas suelen intervenir; sin embargo, advierte que los obsequios de elevado valor sí pueden conllevar obligaciones tributarias bajo el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

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