El tribunal ha desestimado los recursos presentados por la Fiscalía y la acusación particular, que solicitaban una pena de prisión de hasta dos años para la actriz. Los magistrados califican la agresión como «intolerable», aunque mantienen los cargos de resistencia y lesiones leves dadas las heridas de escasa gravedad provocadas.
La Audiencia de Sevilla ha emitido la sentencia definitiva en relación con el incidente ocurrido la madrugada del 1 de octubre de 2022, en el que estuvo implicada la actriz María León y la Policía Local. El tribunal ha ratificado la condena inicial, rechazando los recursos de la Fiscalía de Sevilla y de la acusación particular ejercida por los agentes, lo que obliga a la intérprete a abonar una multa total de 5.700 euros.
Con esta decisión, los jueces descartan la posibilidad de imponer una pena de prisión de hasta dos años. Aunque la conducta de María León es calificada como «intolerable», consideran que el puñetazo y la patada dirigidos a la agente constituyen un delito de resistencia, dado que la intención era «impedir su arresto», y que las lesiones sufridas tuvieron una «mínima repercusión» en la integridad física de la funcionaria.
Delito de resistencia frente a la acusación de atentado
El principal punto de controversia jurídica residía en la tipificación de los hechos. Tanto los agentes implicados como el Ministerio Público defendían que la agresión debía considerarse un delito de atentado. Sin embargo, la Audiencia ha confirmado el criterio del Juzgado de lo Penal 12 de Sevilla, indicando que, pese al ataque físico, la constitución física de la acusada y la leve naturaleza de las lesiones no justifican agravar el tipo penal.
La sanción económica se divide en dos multas distintas:
- 4.800 euros por un delito de resistencia.
- 900 euros por un delito leve de lesiones.
Al determinar estas cantidades se tuvo en cuenta la circunstancia atenuante de reparación del daño. Es relevante señalar que María León no recurrió la sentencia inicial dentro del plazo establecido, aceptándola implícitamente.
Absolución de otros cargos y personas acusadas
La sentencia original, notificada a finales de marzo tras el juicio celebrado el 14 de ese mes, también absuelve a María León del delito de desobediencia. De igual modo, los otros dos imputados que enfrentaban cargos por atentado, resistencia y desobediencia han sido absueltos definitivamente.
El caso se remonta a una intervención policial en el centro de Sevilla hace dos años, que derivó en la detención de la actriz tras un forcejeo y agresión hacia una agente. Con esta resolución de la Audiencia de Sevilla se agota la vía judicial para aumentar la responsabilidad penal de María León, confirmando así la sanción económica en lugar de una pena privativa de libertad.


