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La Audiencia Nacional suspende la pena de Luna Fernández, española repatriada del Daesh con seis hijos

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Luna Fernández, una de las dos ciudadanas españolas repatriadas en 2023 desde los campos para familiares de yihadistas ubicados en Siria, no tendrá que cumplir en prisión la condena de tres años que le impuso la Audiencia Nacional por integración en organización terrorista. La Sección Cuarta de lo Penal ha otorgado una suspensión extraordinaria de la pena por cinco años, bajo la condición de que no cometa nuevos delitos y realice 180 días de trabajos en favor de la comunidad.

Este fallo, recogido en un auto judicial difundido por El Confidencial, también abre la posibilidad de que Yolanda Martínez, su compañera en esta situación, quien es madre de cuatro menores y enfrenta un proceso similar, pueda beneficiarse de una medida parecida. Por ahora, su ingreso en prisión está aplazado hasta el 30 de septiembre.

Una vida marcada por el califato

Fernández, viuda y madre de seis hijos, se trasladó a Siria para residir en el territorio controlado por el Estado Islámico junto a su marido. Tras el fallecimiento de este en un ataque de la coalición internacional, ella quedó atrapada en un campo custodiado por fuerzas kurdas, donde permaneció confinada durante cuatro años con sus hijos. Al regresar a España, fue encarcelada de manera preventiva durante un año y nueve meses, periodo que el tribunal consideró al evaluar su caso.

En sus argumentos para evitar volver a prisión, Fernández manifestó su disposición a participar voluntariamente en un programa de desradicalización y explicó que actualmente reside en Castilla-La Mancha, alejándose de su antigua residencia en Madrid.

La justicia apuesta por la reinserción

La decisión del tribunal se basa en el artículo 80.3 del Código Penal, que permite suspender la ejecución de una pena de forma excepcional atendiendo a las circunstancias personales del condenado. Los magistrados destacaron que Fernández no tiene antecedentes penales, no ha reincidido en conductas delictivas y no existen pruebas de que mantenga vínculos con redes yihadistas.

“No se trata de un derecho, sino de una concesión”, señalan los jueces en el auto, apelando a criterios de proporcionalidad y a un enfoque restaurativo dirigido a la reinserción social. En contra de esta postura se pronunciaron la Fiscalía y la acusación popular de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), que han expresado siempre reservas sobre la desvinculación real de estas mujeres respecto a la ideología yihadista.

Un pasado bajo sospecha

Tanto Fernández como Martínez han defendido que su traslado a Siria fue motivado por su voluntad de acompañar a sus maridos, negando haber adoptado las ideas del Daesh. No obstante, los jueces recordaron en la sentencia que ambas aceptaron la pena de tres años de prisión por integración en organización terrorista.

El Estado Islámico, considerado el principal grupo yihadista de la historia, perdió su autoproclamado califato después de la ofensiva internacional encabezada por Estados Unidos. Los esposos de estas mujeres fallecieron en combate o desaparecieron en el frente. Ellas quedaron con sus hijos atrapadas en campos de refugiados hasta que el Gobierno español ordenó su repatriación.

Con esta resolución de la Audiencia Nacional, Luna Fernández obtiene la posibilidad de reconstruir su vida fuera de prisión. La atención ahora está centrada en si Yolanda Martínez, en circunstancias similares, recibirá una decisión equiparable próximamente.

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