El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha emitido un auto que obliga a la Comunidad de Madrid a iniciar los procedimientos para establecer un registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia. Esta decisión responde a las medidas cautelares solicitadas por el Ministerio de Sanidad ante la falta de acción por parte de la administración regional, que hasta ahora no había implementado este requisito de la ley orgánica vigente.
Una medida destinada a prevenir retrasos y derivaciones hacia la sanidad privada
Los magistrados de la Sección Octava indican que la ausencia de un registro afecta claramente al interés público. Según el tribunal, esta herramienta es esencial para gestionar adecuadamente los recursos humanos en los hospitales públicos y evitar retrasos en los servicios provocados por la falta de información acerca de qué médicos ejercen el derecho a la objeción.
- Protección a la mujer: El auto advierte que la desorganización puede generar daños físicos o psicológicos a las mujeres gestantes debido a esperas innecesarias.
- Seguridad para los profesionales: Los jueces subrayan que el registro también salvaguarda a los médicos objetores, garantizando oficialmente el respeto a este derecho fundamental.
- Cumplimiento normativo: El TSJM destaca que Madrid es la única comunidad que no ha implementado esta medida, a pesar de haber apoyado el acuerdo en el Consejo Interterritorial de Salud.
El conflicto político entre Sanidad y Sol
La resolución ha sido considerada un triunfo por la ministra de Sanidad, Mónica García, quien afirmó que «termina» la derivación masiva de intervenciones a clínicas privadas. García sostiene que este registro es fundamental para asegurar que las interrupciones voluntarias del embarazo se realicen preferentemente en la red sanitaria pública, conforme a la ley.
Por su parte, el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso ha anunciado que recurrirá la decisión. Desde la Consejería de Sanidad argumentan lo siguiente:
- Servicio asegurado: Indican que en 2024 se efectuaron más de 18.000 interrupciones voluntarias en la región sin problemas.
- Gestión interna: Afirman que los hospitales cuentan con protocolos propios para manejar las objeciones y derivar a las pacientes a centros autorizados cuando es necesario.
- Aspecto sustantivo: Señalan que el tribunal solo ha aprobado una medida cautelar y que aún no se ha pronunciado sobre el fondo del asunto legal.
Confidencialidad y organización autonómica
Es fundamental recordar que el registro de objetores no es público ni nacional. Consiste en un censo confidencial gestionado por cada comunidad autónoma con el objetivo exclusivo de que la administración hospitalaria pública conozca de antemano los profesionales disponibles para ofrecer el servicio de interrupción voluntaria del embarazo (IVE) de manera eficiente.


