El Juzgado de Violencia contra la Infancia de Las Palmas de Gran Canaria dictó el lunes 9 de marzo prisión provisional, comunicada y sin fianza para la mujer de 29 años acusada de causar la muerte de su hija de 20 meses. La resolución se tomó tras levantar el secreto de sumario y luego de que la detenida admitiera haber sentido un “impulso” para sumergir a la menor en un charco junto a la costa.
Una declaración caracterizada por la indiferencia emocional
En su declaración judicial, la mujer —de nacionalidad venezolana y sin situación legal regular en España— narró cómo llegó caminando al paseo marítimo del barrio de San Cristóbal el miércoles pasado. Según el auto judicial:
- El acto: La acusada confesó que tomó a la niña por el rostro y la colocó boca arriba en un charco con agua que le llegaba por debajo de las rodillas.
- El relato: Detalló que la niña permaneció allí “un rato” mientras observaba cómo la pequeña abría y cerraba los ojos, sin poder precisar el tiempo exacto.
- La detención: Vecinos alertaron a la policía al verla caminar descalza, con la mirada ausente y la bebé empapada en brazos. Los agentes encontraron luego las zapatillas de la mujer en la zona rocosa cercana.
Estado psicológico y contradicciones en la versión de la acusada
A pesar de que la defensa y la expareja de la mujer señalaron posibles episodios psicóticos —el padre aseguró que ella mencionaba “escuchar voces”—, los primeros informes médicos contradicen esta hipótesis. El juez resalta que los exámenes no detectaron trastornos psiquiátricos ni consumo de sustancias.
Los especialistas describen a la detenida con un “discurso coherente y lineal”, aunque observan en ella una marcada “indiferencia afectiva” frente a la situación. Además, el magistrado subraya la inconsistencia entre su primera llamada al padre, donde afirmó que la niña “había caído al agua”, y su confesión detallada posterior ante el instructor.
Posible condena a prisión permanente revisable
El juez considera que hay indicios claros de un delito de asesinato con alevosía, dada la vulnerabilidad de la víctima y la forma en que ocurrieron los hechos. Por ello, el auto recuerda que la acusada podría ser sancionada con prisión permanente revisable.
El riesgo de fuga, derivado de su falta de arraigo y situación administrativa irregular, fue el motivo final para decidir su ingreso inmediato en la prisión mientras avanza la investigación del caso.


