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Rechazo a cambio de horario provoca dos despidos nulos para una empleada y sanción judicial a la empresa

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ratifica la nulidad del segundo despido de una trabajadora de una tienda de pinturas y sanciona a la empresa con más de 25.000 euros por vulnerar derechos fundamentales.

Todo comenzó con un conflicto relacionado con cambios en el horario laboral en una tienda de pinturas, que terminó en una seria sanción para la empresa. La Justicia ha determinado que el despido de la misma trabajadora en dos ocasiones, en un corto periodo de tiempo, fue injustificado. La disputa surgió por la negarse la empleada a aceptar modificaciones en su horario, lo que desencadenó acciones disciplinarias que los tribunales consideraron represalias.

El primer intento de despido ocurrió en abril de 2024, bajo la supuesta falta de rendimiento. Sin embargo, el juzgado declaró ese despido nulo debido a la ausencia de pruebas y evidencias que vinculaban la causa real al conflicto horario. Tras su readmisión en septiembre y el pago de 5.000 euros, la situación no mejoró. Pocas semanas después, fue trasladada a otro centro y acusada de irregularidades en el inventario, situación que le produjo una baja médica por ansiedad y llevó a una denuncia ante la Inspección de Trabajo.

Acusaciones sin evidencias

El segundo despido disciplinario, realizado en diciembre de 2024, se basó en tres alegaciones: desaparición de bidones de pintura, insultos al gerente y un enfrentamiento telefónico con el jefe de ventas. No obstante, la sentencia señala que la empresa no presentó inventarios fiables ni pruebas que confirmaran la responsabilidad de la empleada. Tampoco se aportaron registros que justificaran los supuestos insultos, quedando estas acusaciones sin soporte objetivo.

El punto fundamental del fallo judicial reside en la protección de la garantía de indemnidad, que defiende a los trabajadores frente a represalias por ejercer sus derechos legales. Para el tribunal, la sucesión de eventos —un despido nulo, una readmisión reciente, una denuncia ante la Inspección y una baja médica— evidencia que la empresa actuó motivada por un propósito represivo y no por razones objetivas.

Condena económica superior a los 25.000 euros

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) confirmó la nulidad del segundo despido y ordenó la readmisión inmediata de la trabajadora con sus condiciones originales. La cuantía económica impuesta se detalla así:

  • 11.249,50 euros por indemnización por vulneración de derechos fundamentales.
  • Pago de los salarios dejados de percibir desde el momento del despido.
  • Las indemnizaciones anteriores suman un total que supera los 25.000 euros, sin incluir la cuantificación final de los sueldos atrasados.

Aunque la empresa puede recurrir ante el Tribunal Supremo, las decisiones judiciales emitidas hasta ahora son claras. Este caso establece un precedente sobre el escrutinio riguroso que realiza la Justicia en despidos disciplinarios que se producen inmediatamente después de que un trabajador presente reclamaciones formales contra su empleador.

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