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SEPE confirma el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE): Cobrar el paro y trabajar será automático en 2026

Esta iniciativa, orientada a favorecer la reincorporación laboral, posibilita la combinación de las prestaciones con un empleo por cuenta ajena durante un máximo de 180 días. Desde el 1 de enero, el pago se efectúa de oficio.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha implementado al inicio de 2026 una de las reformas más relevantes para el mercado laboral en España: el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE). Su finalidad es clara: permitir que acceder a un empleo no implique la pérdida inmediata de la protección económica, facilitando de este modo la transición de los desempleados hacia la actividad laboral sin preocupaciones financieras.

A diferencia del procedimiento previo, desde enero de 2026, el SEPE aplica esta compatibilidad automáticamente (de oficio) para quienes cumplan los requisitos, eliminando trámites administrativos innecesarios.

¿Quiénes pueden acceder al CAE?

El derecho a este complemento depende de si el trabajador procede de una prestación contributiva (paro derivado de cotizaciones) o de un subsidio (ayuda asistencial):

1. A partir de la Prestación Contributiva (paro)

Para prestaciones iniciadas tras el 1 de abril de 2025: Es necesario haber consumido al menos 9 meses de paro y contar con un reconocimiento total superior a 12 meses.

Para prestaciones anteriores: Se requiere trabajar a jornada completa (puede ser en uno o varios empleos) y que la empresa no mantenga relación familiar directa ni se haya trabajado en ella en los últimos 12 meses.

No es aplicable: Si la prestación deriva de un ERTE o del Mecanismo RED.

2. Desde el Subsidio por Desempleo

• Se activa si se accede a un empleo a tiempo parcial después de haber agotado la prestación contributiva o por insuficiencia de cotización (entre 90 y 359 días cotizados).

• En esta situación, el complemento se percibe desde el primer día de incorporación laboral.

Cuantías y duración: ¿cuánto se recibe?

El CAE puede percibirse un máximo de 180 días (6 meses). La cuantía decrece gradualmente para incentivar que el salario del nuevo empleo sea la principal fuente de ingresos:

Durante el primer trimestre: Se cobra el 80 % del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Con el IPREM fijado en 600 € en 2026, corresponde a 480 €/mes aproximadamente.

En el segundo trimestre: La cantidad se reduce al 60 % del IPREM (alrededor de 360 €/mes).

A partir del séptimo mes: El complemento deja de percibirse, permaneciendo solo el salario del trabajador.

Importante: Estas cantidades se ajustan proporcionalmente si el trabajo es a tiempo parcial, según la jornada realizada.

¿Qué ocurre si se finaliza el empleo?

En caso de que el contrato se extinga o suspenda durante la percepción del CAE, el beneficiario dispone de 15 días hábiles para notificarlo al SEPE. Entonces, se interrumpe el complemento y se puede retomar la prestación original si todavía quedaban meses pendientes.

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