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Condenan a una policía nacional en Ceuta por coaccionar al hijo de un amigo desde la Jefatura

Una agente empleó un teléfono oficial para efectuar una citación policial falsa con el fin de intimidar a un joven y exigirle su presencia en la comisaría tras un conflicto familiar.

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Ceuta ha sentenciado a una agente de la Policía Nacional por un delito leve de coacciones en el ámbito familiar, imponiéndole seis días de localización permanente. La juez consideró probado que la funcionaria usó su posición y recursos policiales para intimidar al hijo de un amigo.

Los hechos ocurrieron el 5 de mayo, alrededor de las 12:15. Según la resolución judicial a la que tuvo acceso El Faro, la agente colaboró con un amigo tras conocer que este había discutido intensamente con su hijo por el uso de la vivienda que compartían. Para «doblegar la voluntad» del joven, la policía le llamó desde un teléfono oficial de la Jefatura Superior.

Citacion falsa con amenaza de detención

Durante la llamada, la agente informó falsamente al joven que su padre había presentado una denuncia y le ordenó acudir a la comisaría antes de las 13:00 horas. Para aumentar la presión, advirtió que podría enviar una patrulla zeta a su domicilio si no acataba la orden. Esta situación provocó en el joven sentimientos de inquietud, miedo y desasosiego.

La sentencia señala que la funcionaria procedió a sabiendas de que no existía ninguna denuncia formal hacia el joven, haciendo uso de su uniforme y cargo para favorecer a su amigo.

Relación con una condena anterior por violencia de género

Este incidente está vinculado a un caso previo. El padre del joven ya había sido condenado por violencia de género contra su expareja y su hijo.

En aquella sentencia inicial se mencionó que el padre había utilizado supuestos agentes del Cuerpo Nacional de Policía para amedrentar al hijo y así obligarlo a abandonar la vivienda familiar. No obstante, la participación directa de la funcionaria fue objeto de una investigación separada que ha concluido con esta condena.

El tribunal refuta la versión de «mediación»

Durante el juicio, la agente admitió que hizo la llamada desde el teléfono de la comisaría para evitar su móvil privado o su puesto específico y no dejar rastros. Alegó que su intención era mediar en un conflicto familiar tras recibir la petición de ayuda.

Sin embargo, la juez rechazó totalmente esta versión y en la sentencia expuso:

  • Toma de partido: La magistrada indicó que la acusada defendió abiertamente a su amigo y mostró una clara animadversión hacia el joven denunciante durante la vista.
  • Mecanismo de intimidación: Se destacó que la función policial fue empleada para causar temor y daño, siendo consciente del impacto que tendría en la víctima.
  • Cooperadora necesaria: Aunque el delito de coacciones familiares requiere relación de parentesco, la agente fue condenada como cooperadora al actuar consciente de la relación paternofilial y beneficiar al padre.

La resolución judicial representa una respuesta firme frente al uso indebido de recursos públicos con fines privados y contra ella se pueden presentar los recursos legales pertinentes.

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