El estudio sobre la iniciativa del Gobierno para acelerar las devoluciones destaca posibles conflictos con la legislación europea y la Constitución, indicando que una mala formulación podría saturar la Audiencia Nacional.
Un análisis técnico desarrollado por el exeurodiputado Jordi Cañas acerca del proyecto de real decreto-ley diseñado por el Gobierno central, cuyo objetivo es reducir los plazos y agilizar las devoluciones de migrantes en Ceuta, concluye que dicha norma provisional presenta importantes cuestionamientos legales. Aunque el documento pretende dar respuesta a la situación de emergencia anunciada en la ciudad tras los ingresos masivos a finales de julio, el examen indica que varias disposiciones infringirían la Constitución Española y el Derecho de la Unión Europea.
Entre los temas más debatidos, Cañas destaca la posible violación del principio de no devolución (non-refoulement), el establecimiento de un plazo de cinco días para presentar recursos en ciertos casos y la utilización del Boletín Oficial del Estado (BOE) como principal medio para notificar las resoluciones. Según su opinión, estas medidas podrían vulnerar los derechos de los solicitantes y provocar una serie de impugnaciones judiciales que colapsarían la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, generando un efecto contrario al esperado.
El informe reconoce que el nuevo Pacto Europeo de Migración y Asilo facilita la implementación de procedimientos rápidos, especialmente para solicitantes procedentes de países considerados seguros, entre ellos Marruecos, y permite eliminar trámites conjuntos como la evaluación previa de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio (CIAR). No obstante, subraya que la eficacia real de las devoluciones depende de los acuerdos bilaterales existentes con el país vecino y no solo de la agilización administrativa en España.
Como alternativa para evitar la invalidez judicial del decreto, Cañas aconseja al Ejecutivo la redacción de un texto revisado que asegure un control judicial individualizado, aumente los recursos destinados a los tribunales y utilice formalmente los mecanismos europeos para situaciones de crisis y fuerza mayor previstos en el Reglamento (UE) 2024/1359, en lugar de apoyarse únicamente en la declaración nacional de interés en materia de seguridad nacional.


