El Tribunal Supremo ha confirmado que el permiso retribuido de cinco días previsto en el Estatuto de los Trabajadores para atender a un familiar por enfermedad grave, accidente, hospitalización o intervención quirúrgica puede disfrutarse cada vez que se produzca una nueva situación que lo justifique, sin quedar limitado a un único periodo por año.
La resolución confirma una sentencia previa de la Audiencia Nacional en un procedimiento promovido por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) frente al grupo empresarial RACE, que defendía una interpretación más restrictiva de este derecho.
Un permiso que no se limita a cinco días al año
Con esta sentencia, el Alto Tribunal establece que el permiso no puede entenderse como un máximo de cinco días laborables por año natural. Por el contrario, cada nuevo hecho causante —como una hospitalización, una enfermedad grave o una intervención quirúrgica que requiera reposo domiciliario— genera el derecho a disfrutar de un nuevo permiso de cinco días.
Además, el Supremo considera que el disfrute del permiso debe ser flexible, permitiendo adaptar los días a las necesidades reales del cuidado del familiar y no obligando necesariamente a iniciarlo el mismo día en que se produce el hecho causante.
Un criterio ya adelantado por el Supremo
La decisión refuerza la doctrina fijada por el propio Tribunal Supremo el pasado mes de febrero, cuando ya estableció que este permiso no debía disfrutarse obligatoriamente de forma continuada ni coincidir exclusivamente con el periodo de hospitalización.
Según el tribunal, la finalidad de este derecho es facilitar la atención efectiva del familiar, por lo que debe interpretarse de acuerdo con ese objetivo y no mediante criterios excesivamente restrictivos.
Valoración de CSIF
Desde CSIF, sindicato que promovió el conflicto judicial, valoran la sentencia como un avance en la protección de los derechos de los trabajadores y consideran que la resolución evita interpretaciones que puedan limitar el ejercicio de este permiso reconocido en el Estatuto de los Trabajadores.
La organización sindical entiende que el fallo aporta seguridad jurídica tanto a trabajadores como a empresas al aclarar el alcance de este derecho.


