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El uso y el abuso desmesurado de los contratos menores

Durante las casi seis legislaturas de los gobiernos de Vivas se han tramitado en nuestra Ciudad Autónoma miles, sí, digo bien, miles de contratos menores en todas las consejerías y en las empresas municipales y organismos autónomos, lo que, desde el punto de vista de la transparencia, deja mucho que desear.

El abuso de contratos menores en ayuntamientos, como el nuestro, es una práctica indebida que elude la libre concurrencia, la transparencia y la fiscalización, facilitando la contratación directa y, a veces, el fraccionamiento ilegal del objeto contractual. Esta figura, destinada a gastos puntuales y de bajo importe (generalmente en obras), es utilizada de forma recurrente y sistemática, lo que genera ineficiencias, opacidad y riesgos de corrupción.

Los principales aspectos que resultan clave para retratar el abuso y que se suelen repetir en la mayoría de los contratos menores son:

  • El fraccionamiento del objeto: Se subdivide un contrato grande en varios menores para no superar los límites legales y evitar un concurso público, práctica prohibida por la Ley de Contratos del Sector Público.
  • Reiteración y falta de planificación: Se suele abusar de ellos para necesidades previsibles y repetitivas que deberían licitarse mediante contratos ordinarios, denotando falta de planificación.
  • Falta de transparencia: Aunque existe la obligación de publicarlos trimestralmente, la acumulación y el uso desmedido dificultan la fiscalización y no se suele cumplir con dicha publicación.
  • Graves riesgos de responsabilidad: El uso abusivo, como el que se viene produciendo en Ceuta, puede derivar en responsabilidades administrativas e incluso penales para los cargos públicos responsables.

Sorprende sobremanera que los principales órganos fiscalizadores de la Ciudad Autónoma no suelan poner reparos al uso reiterativo y excesivo de los contratos menores que, en el caso de determinados servicios y suministros, cada día se adjudican desde los responsables de todas las consejerías, empresas municipales y organismos autónomos.

Recientemente, hemos tenido conocimiento de que el Tribunal de Cuentas apercibe por un uso excesivo de la contratación menor en las entidades culturales a las autonomías de Cantabria, Extremadura, La Rioja y Región de Murcia, así como a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, en un informe divulgado hace pocos días.

El informe aprecia deficiencias en la remisión de datos al Tribunal, retrasos en la ejecución de los contratos y un uso excesivo de contratos menores en esos territorios.

El Tribunal constata que existen incidencias en distintas fases del proceso contractual.

En cuanto a la contratación menor, que representa casi el 40 % del importe total adjudicado, el Tribunal advierte un uso excesivo de esta modalidad de contratación en servicios y suministros recurrentes, lo que, a juicio del propio Tribunal, puede afectar a los principios de publicidad y concurrencia.

La figura del contrato menor es, sin duda, una de las cuestiones más controvertidas en la contratación pública española. Su escasa regulación en las diferentes normas contractuales, sumada a un abuso sistemático por parte de ciertos poderes adjudicadores, no ha hecho sino favorecer el mal uso de esta figura, dando lugar a situaciones de corrupción en todos los ámbitos (central, autonómico y local) de las Administraciones Públicas del Estado español.

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