Por Javier M.
En octubre de 2021, la Autoridad Portuaria de Ceuta cesó a su anterior director, ingeniero de Caminos con una larga trayectoria profesional. A propuesta de Juan Manuel Doncel, el Consejo de Administración nombró el 20 de octubre a Adolfo Orozco como director accidental. Su currículum publicado recoge formación en Administración y Dirección de Empresas y Derecho, sin titulación de ingeniería. El Colegio de Ingenieros de Caminos recurrió el nombramiento el 19 de noviembre de aquel año. Cinco años después, Doncel debe explicar cómo se ha resuelto aquella impugnación y con qué fundamento se mantiene la dirección del Puerto.
Ese relevo permite examinar una forma de gobernar que merece una crítica severa: la tentación de administrar una institución pública como un cortijo. La confianza del presidente no puede sustituir la acreditación de los requisitos de un cargo, ni su criterio personal convertirse en explicación suficiente para reorganizar la plantilla, contratar suministros o conceder suelo público. Doncel tiene que rendir cuentas por sus decisiones. Vivas y Peñalver también deben explicar qué han hecho para controlarlas.
El artículo 33.1 de la Ley de Puertos exige titulación superior, prestigio profesional y un mínimo de cinco años de experiencia en técnicas y gestión portuaria. No reserva la dirección a los ingenieros de Caminos. Por eso, la pregunta decisiva es qué antecedentes concretos acreditaban todos esos requisitos en Orozco. Doncel firmó la propuesta del nombramiento; le corresponde explicar su justificación. El recurso del Colegio cuestionaba precisamente esa acreditación. Una impugnación de ese alcance merece una respuesta documentada, aunque su presentación no equivalga por sí sola a una declaración de ilegalidad.
También debe aclararse la supuesta provisionalidad. En octubre de 2024, Orozco seguía firmando en el BOE como director accidental; en un anuncio firmado el 21 de octubre de 2026 aparece como director. Ese cambio de denominación no permite saber si hubo un nuevo nombramiento. Si continúa siendo accidental, Doncel debe explicar la causa que subsiste y cómo piensa cubrir definitivamente el puesto. Si ya no lo es, debe publicar el acuerdo que cambió su situación. Después de cinco años, Ceuta merece conocer algo más que la etiqueta elegida al pie de una firma.
La misma exigencia alcanza a la reorganización del personal. Una publicación de octubre de 2023 denunció que Doncel había dispuesto una reestructuración el 27 de octubre de 2021 sin la propuesta de la dirección y sin la aprobación previa del Consejo. Esa denuncia exige comprobar las resoluciones y las actas. Los artículos 30.5.c y 33.2.a distribuyen entre el Consejo y la dirección las funciones de aprobación y propuesta de la estructura. Doncel debe identificar qué órgano decidió, mediante qué procedimiento y con qué delegación, si la hubo. Si se omitieron trámites exigibles, habrá que corregirlo y depurar las responsabilidades que correspondan.
Ferreterías Doncel merece un examen igualmente concreto. La Plataforma de Contratación recoge el expediente 18M/2025, adjudicado el 8 de octubre de 2025 por la Presidencia de la Autoridad Portuaria: suministro de caudalímetros de telemedida, 8.662,02 euros, contrato menor y una sola oferta recibida. Es una adjudicación directa documentada. Ese procedimiento puede ser legal, pero Doncel debe explicar la elección del proveedor y la justificación del precio. Llamarlo simplemente un trámite no responde a esas preguntas.
El registro también recoge contratos con competencia: en el expediente 55/2025, Ferreterías Doncel obtuvo el lote de ferretería y construcción por 50.268 euros, con cuatro ofertas, y el de pinturas por 43.310 euros, con tres. Ambos siguieron procedimiento abierto. Estos datos obligan a distinguir las adjudicaciones directas de las licitaciones abiertas. La APC debe facilitar una relación completa que permita conocer cuánto contrató, cómo seleccionó al proveedor y quién intervino en cada decisión. La existencia de concursos no exime de justificar los contratos menores.
A ello se añade la concesión de 1.200 metros cuadrados por veinticinco años otorgada a Ferreterías Doncel en mayo de 2023. La APC contrata suministros a una empresa que, además, explota suelo portuario. Ambas relaciones deben poder examinarse con transparencia suficiente para comprobar la imparcialidad de cada expediente. Doncel debe facilitar esa comprobación sin convertir las preguntas sobre su gestión en una ofensa personal.
La obra 07/23 plantea otra cuestión: quién debía asumir cada inversión en el aparcamiento. Ese número identifica un expediente de obra, no una zona del Puerto. La actuación transformó unos 430 metros cuadrados de jardín en superficie de estacionamiento en la avenida Juan de Borbón, junto al acceso al muelle de España, y trasladó palmeras. La Memoria de la APC registra 69.367,13 euros certificados y la obra terminada en 2023. Se trata de una actuación pública que debe ponerse en relación con la superficie posteriormente concedida a AMOVAMOTOR.
El pliego de condiciones atribuye al concesionario la ejecución, a su riesgo y responsabilidad, de las obras de su proyecto. Para determinar si la APC asumió trabajos que correspondían a AMOVAMOTOR hay que cruzar las mediciones de la obra 07/23 con la oferta ganadora y el título concesional. Si coinciden partidas comprometidas por la empresa, Doncel debe explicar por qué las ejecutó el Puerto y cómo se ajustaron las obligaciones económicas. La coincidencia de ubicación no demuestra por sí sola un pago indebido. Sí obliga a justificar qué inversión pública se incorporó al aparcamiento y en qué condiciones.
AMOVAMOTOR fue seleccionada en 2023 y recibió la concesión el 17 de mayo de 2024 por treinta años, sobre 7.287,93 metros cuadrados. La tabla del concurso contiene una comparación que merece explicación: su propuesta contemplaba 141 plazas y una inversión de 4.058.250,89 euros; las otras dos ofrecían 489 y 463 plazas. AMOVAMOTOR obtuvo 76 puntos. El concurso valoraba más elementos que el número de estacionamientos, pero esa diferencia hace imprescindible conocer qué inversiones justificaron la puntuación y cuáles se han ejecutado. Los compromisos que permiten ganar una concesión deben poder verificarse después.
Ahí entra la polémica del centro comercial. Los pliegos establecían el aparcamiento como actividad principal y limitaban al 30 % de la superficie las actividades auxiliares o complementarias, vinculadas al tráfico marítimo de pasajeros, vehículos o mercancías y compatibles con la Delimitación de Espacios y Usos Portuarios, la DEUP. No era una autorización abierta para implantar cualquier negocio comercial. Doncel debe mostrar qué uso concreto ofreció AMOVAMOTOR, qué superficie ocupaba y cómo se comprobó su compatibilidad.
La DEUP tampoco admite simplificaciones interesadas. El uso portuario comercial asignado al ámbito de la terminal de pasajeros no equivale a una autorización genérica para construir un centro comercial. En 2023 se modificó el uso de la Explanada del Muelle Cañonero Dato a interacción puerto-ciudad; esa modificación se refiere a un ámbito delimitado, no a todo el muelle. Para resolver la controversia hace falta situar la edificación propuesta sobre el plano de usos aplicable. Sin el proyecto completo y esa comprobación no puede afirmarse categóricamente que la construcción era admisible o estaba prohibida.
Doncel negó públicamente en noviembre de 2024 que se contemplara un centro comercial en el parking. Debe explicar entonces qué contenía exactamente la inversión con la que AMOVAMOTOR ganó el concurso. Si el proyecto adjudicado nunca lo incluyó, que lo muestre. Si incorporaba actividades comerciales, que detalle cuáles y dónde. Y si se suprimieron o modificaron inversiones valoradas, que identifique el acuerdo que lo permitió y justifique sus efectos sobre la adjudicación. Una declaración pública no sustituye el examen de la oferta y del título concesional.
Peñalver tiene una intervención documentada en ese expediente. El 3 de marzo de 2023, Rafael Martínez Peñalver firmó, junto a Jorge Vidal Madrigal, la valoración técnica que consideraba viables y conformes con el pliego las propuestas presentadas al concurso. También apreciaba coherencia entre las ofertas económicas y sus proyectos. Su firma no demuestra una irregularidad, pero sí acredita que participó en una comprobación decisiva. Debe explicar qué examinó, cómo se verificaron los usos propuestos y qué fundamento tuvo la conformidad de la oferta de AMOVAMOTOR.
Como diputado del PP en la Asamblea de Ceuta y representante provincial del Colegio de Ingenieros de Caminos, Peñalver debe responder además por su actuación institucional. El Colegio sí recurrió el nombramiento del director en 2021; no sería justo borrar aquel paso. Lo que falta aclarar es qué seguimiento ha tenido esa impugnación y qué respuesta sostiene hoy la institución. En la documentación examinada no aparece una contestación que resuelva esas cuestiones. Peñalver debe hacerla pública, si existe, y explicar sus gestiones. Su representación colegial exige defender criterios profesionales también cuando resulten incómodos para su propio partido.
El respaldo de otros técnicos tampoco convierte la dirección en un puesto sin responsabilidad. El artículo 33.2.b atribuye al director funciones propias en la tramitación y valoración de las concesiones. Puede apoyarse en especialistas, pero debe ejercer y justificar las competencias de su cargo. La responsabilidad por un error concreto habrá de determinarse según la actuación de cada cual. Lo inadmisible políticamente sería que todos invocaran la firma de otro hasta conseguir que nadie explicase la decisión final.
Vivas tiene motivos suficientes para exigir esa explicación. El artículo 31.1 sitúa en la autoridad autonómica la designación y separación del presidente portuario. Doncel fue nombrado mediante un decreto de la Presidencia de Ceuta de febrero de 2019. Ese vínculo exige a Vivas ejercer control político sobre la persona elegida, respetando las competencias de cada órgano. Debe reclamar los acuerdos de personal, la justificación de las adjudicaciones y el cumplimiento de la concesión del aparcamiento. Respaldar a Doncel sin una explicación verificable de estos asuntos supone asumir políticamente su gestión.
La salida es concreta: publicar los acuerdos y proyectos necesarios para comprobar estos hechos, explicar las discrepancias y corregir los incumplimientos que se acrediten. Si Doncel rehúsa rendir cuentas, Vivas debería retirarle su confianza. Peñalver debe explicar su firma y su actuación como representante colegial. El Puerto de Ceuta administra suelo, recursos y oportunidades que pertenecen al interés general. Gobernarlo como un cortijo merece una respuesta política firme, aunque quienes deban darla compartan partido, despacho o fotografía.


