El Consejo de Ministros prevé aprobar nuevos textos para que los vote la Diputación Permanente. En 2019, este órgano convalidó otro decreto de vivienda que recuperaba medidas previamente rechazadas por el pleno
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La convocatoria de elecciones generales abre una nueva posibilidad para recuperar las medidas de vivienda rechazadas por el Congreso. El Gobierno prevé aprobar nuevos decretos leyes este martes, 6 de octubre, y someterlos posteriormente a la Diputación Permanente, el órgano que conserva determinadas funciones parlamentarias cuando las Cortes están disueltas.
La aprobación sigue pendiente y no está garantizado que ambos decretos consigan los apoyos necesarios.
Cómo funciona esta vía
El procedimiento distingue dos decisiones: el Consejo de Ministros aprueba los decretos leyes y la Diputación Permanente los convalida o deroga dentro de los treinta días siguientes a su promulgación.
La convocatoria electoral no convierte automáticamente al Gobierno en un Ejecutivo en funciones. Ese cambio se produce tras las elecciones, salvo otras causas de cese. Mientras tanto, puede aprobar decretos leyes, siempre que justifique su extraordinaria y urgente necesidad y respete los límites constitucionales.
El decreto de protección frente a los desahucios tendría posibilidades de salir adelante con el respaldo de la izquierda y el PNV, sin necesitar a Junts. El relativo a la estabilidad de los contratos de alquiler afronta más dificultades, porque el PNV rechazó el texto anterior.
En 2019 se recuperaron medidas previamente rechazadas
En enero de 2019, el pleno del Congreso rechazó un decreto sobre vivienda y alquiler aprobado por el Gobierno de Pedro Sánchez. Dos meses después, el Ejecutivo aprobó una nueva norma que recuperaba buena parte de sus medidas, aunque con modificaciones. Con las Cortes disueltas, la Diputación Permanente la convalidó el 3 de abril.
En aquel caso se recuperaron medidas previamente rechazadas mediante un nuevo decreto con modificaciones; la Diputación Permanente no volvió a votar la norma derogada.
Esta diferencia resulta relevante para el caso actual, cuyo alcance dependerá de las medidas que mantengan o modifiquen los nuevos textos y de la justificación de su extraordinaria y urgente necesidad.
En aquella sesión de abril de 2019 también se convalidaron decretos sobre igualdad en el empleo, protección social y precariedad laboral, Brexit, estiba portuaria y utilización del superávit de comunidades autónomas y entidades locales.
Otros antecedentes con Rajoy y Zapatero
La utilización de la Diputación Permanente durante un periodo electoral no es exclusiva del PSOE.
Con Mariano Rajoy en 2015, este órgano convalidó el 1 de diciembre un decreto de ayudas para reparar daños causados por temporales de lluvia en Canarias y en el sur y este peninsular, antes de las elecciones del 20 de diciembre.
Durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, en octubre de 2011 y con las Cortes disueltas, también convalidó el decreto que creó el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito.
Estos casos acreditan el uso del procedimiento por distintos gobiernos, aunque no equivalen al antecedente de vivienda de 2019, que recuperó medidas de una norma rechazada.
Respaldo constitucional con límites
La Constitución atribuye expresamente a la Diputación Permanente la competencia para convalidar decretos leyes cuando las Cortes están disueltas. El procedimiento no necesita autorización judicial previa, aunque las normas aprobadas pueden recurrirse ante el Tribunal Constitucional.
El decreto de vivienda de 2019 fue impugnado por diputados del PP. En su sentencia 14/2020, de 28 de enero, el Constitucional consideró suficientemente acreditada la extraordinaria y urgente necesidad y mantuvo la mayor parte de la norma.
Sin embargo, anuló dos disposiciones adicionales: una sobre medidas para promover la oferta de alquiler y otra sobre convenios de infraestructuras, por deficiencias en la justificación del uso del decreto ley.
Ese precedente supone un respaldo parcial a aquella norma, no un aval anticipado a los nuevos decretos. La convalidación parlamentaria tampoco impide su posterior revisión por el Constitucional.


