El Ministerio de Trabajo adapta una directiva europea para mejorar la claridad laboral, obligando a los empleadores a detallar quién cubrirá los gastos del regreso de los trabajadores internacionales al concluir su contrato.
El Ejecutivo español ha comunicado la adopción de una regulación que exigirá a las compañías con sede en España incorporar cláusulas claras de repatriación en los contratos de empleados extranjeros que sean contratados directamente en sus países de origen para desempeñar labores en España. Esta iniciativa es parte del conjunto legislativo presentado por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, después del Consejo de Ministros, y consiste en la incorporación en la normativa nacional de la directiva europea relativa a condiciones laborales claras y previsibles en la Unión Europea.
Fuentes del Ministerio de Trabajo y Economía Social han señalado que esta regulación solicitará definir con precisión y detalle en el contrato quién se encargará de asumir el coste económico del retorno del trabajador a su país una vez finalizados los servicios prestados. Aunque la normativa exige identificar formalmente a los responsables del traslado, desde el ministerio aclaran que la práctica habitual y el propósito de la ley establecen que la empresa contratante debe cubrir completamente los gastos del billete y la logística del retorno.
La finalidad de esta disposición es prevenir situaciones donde trabajadores extranjeros contratados en origen puedan quedar en vulnerabilidad o sin medios para retornar a sus países al término de su relación laboral. Este escenario se repite con frecuencia en campañas de empleo temporales, como la recogida agrícola en el sector primario o ciertos apoyos en la hostelería, en las que se contrata mano de obra de países de África o América Latina. Del mismo modo, las empresas españolas que envíen a sus trabajadores nacionales a desempeñar funciones fuera de la Unión Europea deberán respetar las mismas garantías de repatriación.
Por otra parte, la ley establece una estricta obligación para los empleadores de asegurar la transparencia informativa en los procesos de contratación internacional. Las compañías deberán proporcionar la documentación laboral traducida al idioma nativo o comprensible para el trabajador migrante, asumiendo el coste de los servicios de traducción profesional necesarios para asegurar que el empleado conozca perfectamente cada cláusula contractual antes de firmar.



