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Ione Belarra deberá abonar 9.000 euros al juez García-Castellón por vulnerar su derecho al honor

Un juzgado madrileño establece que los comentarios de la secretaria general de Podemos en la red social X resultaron «objetivamente injuriosos» y le impone la difusión de la sentencia en su cuenta oficial.

MADRID. — Un tribunal de Madrid ha condenado a la secretaria general de Podemos y diputada, Ione Belarra, al pago de una compensación de 9.000 euros al juez jubilado Manuel García-Castellón por afectar negativamente a su derecho al honor tras calificarle de «corrupto».

La decisión judicial, emitida por el magistrado titular de la plaza 45 en la sección civil del juzgado de primera instancia de Madrid, determina que las publicaciones realizadas por la dirigente de Podemos en la plataforma X durante 2024 causaron al demandante «un daño moral susceptible de indemnización». El importe fijado es considerablemente inferior a la cantidad inicialmente reclamaba García-Castellón, que ascendía a 350.000 euros. Además de la indemnización, Belarra debe hacer pública la sentencia en su perfil oficial de X o en otro medio similar.

El litigio gira en torno a dos mensajes

El conflicto judicial se originó en septiembre de 2024, momento en el que el magistrado de la Audiencia Nacional accedió a la jubilación. Según recoge la demanda, Belarra publicó dos tuits en los que señalaba al magistrado como «corrupto», junto a otros jueces que «han prevaricado contra quienes defendemos una visión distinta de España», y también lo acusaba de mantener una «campaña judicial contra Podemos».

La diputada rechazó retractarse y ratificó sus palabras en un acto público, afirmando que «sus acciones para proteger al Partido Popular y combatir a los rivales políticos de la derecha constituyen corrupción, con o sin condena». Durante el juicio, la defensa de Belarra alegó libertad de expresión y pidió la absolución, solicitando además que el demandante asumiera los gastos procesales.

Una imputación considerada «gravemente vejatoria»

El fallo judicial desestima la defensa y enfatiza que «las expresiones usadas y comprobadas son objetivamente injuriosas y de alto reproche». El texto señala que las declaraciones atribuyen directamente al demandante la condición de delincuente y corrupto, siendo esta «la acusación más grave que se puede hacer a cualquier ciudadano».

Asimismo, el juez destaca el impacto profesional que tienen estas afirmaciones, recordando que imputar delitos como prevaricación o cohecho es «posiblemente la acusación más grave que puede recibir un juez o magistrado en su ámbito profesional». El fallo recuerda que el Ministerio Fiscal apoyó la demanda presentada por el juez jubilado.

Cuestión de competencias

La demanda fue inicialmente presentada ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, dada la condición de aforada de Belarra como diputada en el Congreso. Sin embargo, el tribunial supremo declinó su competencia tras considerar que las manifestaciones no fueron realizadas «en el ejercicio estricto de su cargo parlamentario».

La sentencia concluye que el caso enfrenta el derecho al honor con la libertad de expresión de «personas públicas con significativa relevancia mediática», decidiendo en este caso que la descalificación personal directa rebasó los límites reconocidos constitucionalmente.

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