La procedencia y antigüedad de las joyas valoradas en 1,3 millones de euros, encontradas por las autoridades en el despacho del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, constituyen elementos clave para resolver la cuestión separada dentro del ‘caso Plus Ultra’. Especialistas en derecho y fiscalidad coinciden en que la investigación por presuntos delitos relacionados con contrabando y fraude fiscal tendría escaso recorrido judicial si se verifica la versión ofrecida por el entorno del exmandatario: que las joyas fueron un obsequio institucional recibido durante su mandato.
La defensa pretende ubicar la recepción de estos objetos en 2007, coincidiendo con la visita oficial a España del entonces rey de Arabia Saudí, Abdalá bin Abdulaziz. Este contexto temporal y la naturaleza del presente activarían mecanismos de prescripción y exenciones legales que dificultarían la continuidad del proceso en los tribunales.
Importancia de la prescripción fiscal
El fundamento principal para los expertos reside en los plazos establecidos por la legislación española. El delito fiscal ordinario prescribe tras cinco años desde la fecha en que debía efectuarse la liquidación tributaria pertinente.
Si se confirma que las joyas fueron recibidas en 2007, el posible fraude fiscal habría prescrito en 2012, eliminando toda responsabilidad penal derivada de esta causa al haber transcurrido ampliamente el período legal requerido.
Relevancia para la acusación de contrabando
De igual forma, si se considera que las joyas fueron un regalo entregado dentro del territorio español o a través de canales institucionales durante una visita de Estado, la acusación por contrabando se debilitaría notablemente.
Tratarse de un obsequio dirigido personalmente al jefe del Ejecutivo en funciones dentro del país descartaría la tipificación de un ingreso irregular de mercancías evitando los controles aduaneros, fundamento básico de la acusación por contrabando.
Consideraciones éticas y normativas internas
Aunque los expertos pronostican un panorama judicial favorable en el ámbito penal, la confirmación del origen de las joyas mantiene abierto el debate en el ámbito normativo e institucional. Juristas advierten que la aceptación de un patrimonio de tal magnitud estaría en conflicto con el código de buen gobierno aprobado en 2005 por el Consejo de Ministros.
Dicho código establecía la obligación de rechazar regalos que excedieran las cortesías habituales o que representaran un riesgo para la imparcialidad del cargo. Asimismo, regulaba que los obsequios oficiales de alto valor debían incorporarse al patrimonio estatal y no a la esfera privada de los mandatarios.



