Las defensas de cinco de los doce acusados recuerdan a la Audiencia Nacional que en el procedimiento «no existen víctimas ni daños materiales», respetando los criterios establecidos por el TJUE.
BARCELONA.– Cinco de los doce integrantes de los Comités de Defensa de la República (CDR) investigados por terrorismo en la Audiencia Nacional han tomado una iniciativa tras la reciente decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en Luxemburgo. Este lunes, sus abogados presentaron cinco escritos al tribunal encargado para solicitar el cierre inmediato del caso, indicando que la doctrina europea es «aplicable de forma directa» a su situación.
Esta actuación de los imputados se produce a solo cuatro días de que el TJUE confirmara que la ley española de amnistía es compatible con la legislación europea en materia de terrorismo, siempre que no haya implicado graves violaciones de derechos fundamentales.
Sin perjuicios a personas ni bienes
Siguiendo el marco marcado por el TJUE, la decisión queda ahora en manos de la Audiencia Nacional, encargada de verificar si las conductas atribuidas a los CDR —denunciados por planear posibles actos de sabotaje en inmuebles públicos durante las protestas contra la resolución del procés— se ajustan a las excepciones previstas en la ley.
No obstante, los representantes legales de Alerta Solidària opinan que la cuestión jurídica está prácticamente cerrada a partir de pronunciamientos previos del propio tribunal español. En sus escritos destacan que la Audiencia Nacional, a través del auto de julio de 2024 en el que suspendió el juicio y planteó la cuestión prejudicial ante Europa, reconoció expresamente que en las acusaciones no se identificaron:
“Ningún daño que afecte a la vida o a la integridad física o mental de ninguna persona, ni el registro de víctimas o daños materiales.”
Aplicación directa de la doctrina europea
El proceso contra los CDR se detuvo justo antes de la fecha prevista para el juicio oral, en el que afrontaban solicitudes de prisión de hasta 27 años. Esta suspensión se realizó para aclarar si la ley de amnistía entraba en conflicto con las normas comunitarias en materia antiterrorista.
Tras la resolución del TJUE el jueves pasado, las defensas sostienen que los magistrados nacionales deben proceder al archivo sin más dilación. Según los abogados, la sentencia europea es clara al establecer que los tribunales de los Estados miembros deben «dictar una resolución de extinción de la responsabilidad sin evaluar las alegaciones ni las pruebas que eximan de culpa», porque este paso es «esencial al propio principio de la amnistía».



