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Madrid da luz verde a la ley de Ayuso que reconoce al no nacido como integrante de la unidad familiar

La Asamblea de Madrid ha aprobado la norma con el apoyo del Partido Popular y Vox, que permitirá a las familias acceder a becas y beneficios fiscales desde el inicio del embarazo.

MADRID. — Este jueves, la Asamblea de Madrid ratificó definitivamente la ley promovida por el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso que legalmente considera al concebido no nacido (nasciturus) como un miembro más dentro de la unidad familiar para fines administrativos. Esta normativa contó con el respaldo de PP y Vox para su aprobación.

Esta ley, adelantada por Ayuso en su campaña electoral de 2019, busca que los núcleos familiares puedan obtener apoyos públicos, becas y deducciones fiscales relacionadas con la crianza desde el momento de la gestación, sin esperar al nacimiento del hijo.

Un pleno extraordinario tras demora administrativa

La votación se efectuó en una sesión plenaria convocada con carácter urgente solo para este propósito. El debate estaba previsto inicialmente para el 18 de junio, en el último pleno ordinario del periodo político. No obstante, la Mesa de la Asamblea suspendió el trámite un día antes ante la advertencia del PSOE-M sobre la falta de información completa en el expediente administrativo presentado. Tras corregir esta deficiencia, la ley avanzó y fue aprobada.

Funcionamiento de las ayudas y beneficios fiscales

El reconocimiento del nasciturus en la composición familiar se aplicará en dos áreas principales de beneficios:

1. Becas y ayudas vinculadas a la renta

El concebido será considerado como un miembro adicional para el cálculo de la renta familiar desde el momento en que el embarazo quede acreditado médicamente. Esto facilitará el acceso a:

  • Becas de comedor escolar.
  • Apoyos para cursar Bachillerato.
  • Subvenciones para el primer ciclo de Educación Infantil en centros privados.

2. Certificado de «Familia Asimilada a Familia Numerosa»

La ley establece una nueva figura jurídica para familias con dos hijos que esperan un tercero (o un segundo en hogares monoparentales): el certificado de familia asimilada a familia numerosa.

  • Condición: Podrá solicitarse desde el día siguiente a la semana 14 de gestación.
  • Duración: Será necesario contar con este certificado para obtener los beneficios y caducará tres meses después de la fecha estimada del parto.
  • Ventajas: Posibilita el disfrute anticipado de deducciones fiscales, descuentos en transporte público y exenciones en varias tasas, que anteriormente estaban limitadas a familias con hijos ya nacidos.

Gestación múltiple: En embarazos de gemelos o mellizos, cada concebido será contabilizado individualmente para aplicar las ayudas correspondientes.

Reformas finales y plazos para su aplicación

Durante la tramitación parlamentaria se incorporaron tres enmiendas presentadas por el PP: la primera estandariza los criterios referentes a la semana mínima de gestación para mayor claridad; la segunda autoriza al Gobierno autonómico a desarrollar la ley mediante decretos y reglamentos; y la tercera establece que los trámites podrán gestionarse de manera tanto digital como presencial.

Respecto a su entrada en vigor, el reconocimiento y expedición del certificado de familia asimilada a numerosa tendrá un plazo de seis meses desde la publicación de la norma en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). En cambio, el resto de las disposiciones comenzarán a implementarse al día siguiente de su publicación.

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