El Código Penal establece un cumplimiento máximo efectivo de 16 años y medio. El exministro no podrá acceder al régimen de semilibertad hasta, al menos, mediados de la próxima década.
MADRID.– Una vez conocida la sentencia histórica de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, los equipos legales y de Instituciones Penitenciarias han definido el cronograma de prisión que enfrentará José Luis Ábalos, exministro de Transportes. Aunque la condena total asciende a 24 años y tres meses, la legislación limita el tiempo máximo de cumplimiento en prisión. Por ello, el exdirigente del PSOE no podrá solicitar permisos de salida ordinarios antes de enero de 2030.
El cálculo del plazo de reclusión se basa en una norma clave: el máximo cumplimiento efectivo es triplicar la pena individual más elevada. Dado que Ábalos fue condenado a cinco años y seis meses por organización criminal, el límite real de permanencia en prisión es de 16 años y medio. Considerando que ingresó en prisión preventiva a finales de noviembre de 2025, la condena se extinguirá completamente en mayo de 2042.
La normativa nacional exige haber cumplido al menos una cuarta parte de la pena efectiva antes de que la junta de tratamiento penitenciaria pueda autorizar los primeros permisos temporales, que duran algunos días. Con un tope de 16 años y medio, ese umbral del 25% se alcanzará cercano a 2030. Sin embargo, fuentes penitenciarias recuerdan que la concesión de estas salidas depende de informes positivos sobre conducta y autorización judicial.
El régimen de semilibertad presenta condiciones aún más rigurosas. La condena por organización criminal, superior a cinco años, activa automáticamente un «periodo de seguridad». Esto implica que Ábalos no podrá acceder al tercer grado penitenciario —que permite salir a trabajar y dormir en prisión— hasta haber cumplido la mitad de su pena máxima. Por ello, el exministro, quien cumplirá 70 años a finales de 2029, deberá esperar, como mínimo, hasta la mitad de la próxima década para solicitar ese régimen, descartando beneficios anticipados por edad o salud y prolongando su tiempo en prisión.



