El juez de Vigilancia Penitenciaria califica como «prematura y precipitada» la semilibertad otorgada por el Gobierno vasco y señala que es necesario confirmar la estabilización de sus procesos de reinserción.
MADRID. La Audiencia Nacional ha anulado la concesión del tercer grado penitenciario que el Gobierno vasco otorgó a Juan Antonio Olarra Guridi, exjefe del aparato militar de ETA, y al preso Óscar Celarain. El juez del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro, ha aceptado los recursos presentados por la Fiscalía, concluyendo que ninguno de los dos reúne todavía los requisitos para acceder a la semilibertad.
Ambos reclusos cumplían condena en centros penitenciarios del País Vasco y presentaban avances en sus planes de reinserción, lo que motivó que la Administración autonómica les concediera el tercer grado —a Olarra Guridi en mayo y a Celarain en junio—. No obstante, la justicia ha paralizado esta progresión al considerar necesaria una evaluación más prolongada.
Fundamentos de la resolución judicial
El magistrado indica que, en casos que implican delitos de violencia extrema, múltiples víctimas y alto impacto, los procesos de desvinculación y reinserción requieren periodos prolongados de consolidación:
- Juan Antonio Olarra Guridi: Condenado a más de 2.000 años por atentados como el de la furgoneta de la Armada en Vallecas (1995) y el ataque a Juan Junquera (2001), su fecha estimada de salida es en 2036. Aunque se valoran sus progresos y su participación en programas de justicia restaurativa, el juez destaca la importante condena pendiente y considera que el régimen actual del artículo 100.2 —que le autoriza salidas puntuales— es el contexto adecuado para afianzar el pronóstico de reinserción antes de conceder el tercer grado.
- Óscar Celarain: Condenado por el atentado contra la casa cuartel de Santa Pola en 2002 (que causó la muerte de dos personas, incluida una niña de 6 años) y el asesinato del concejal José Javier Múgica, finalizará su condena en 2032. Aunque ha asumido su responsabilidad mediante un escrito y ha mostrado arrepentimiento, el juez coincide con el Ministerio Fiscal en que el reciente uso del artículo 100.2 para trabajar en una panificadora no ha tenido tiempo suficiente para consolidarse, considerando prematuro el otorgamiento de la semilibertad.
Reacciones del colectivo de víctimas
Las progresiones iniciales concedidas por el Gobierno vasco habían recibido críticas de colectivos de víctimas como Covite, que ha cuestionado la política penitenciaria del Ejecutivo autonómico con respecto a exmiembros y líderes de ETA.
Con esta decisión judicial, ambos presos deberán continuar en segundo grado penitenciario, manteniendo las salidas autorizadas bajo el artículo 100.2 mientras se sigue evaluando su progreso.



