El Ejecutivo tiene previsto aprobar este martes, 28 de julio de 2026, un conjunto de medidas dirigidas a proteger a quienes no puedan acudir a sus trabajos debido a los incendios forestales. Este plan incluye una nueva prestación económica, permisos laborales para evacuados y la ampliación del permiso por fallecimiento de un familiar.
El Consejo de Ministros prevé aprobar un real decreto ley que incorpora nuevas ayudas para los trabajadores afectados por los recientes incendios en diversas áreas de España.
Impulsado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, el paquete busca respaldar a quienes no puedan desempeñar su labor por evacuaciones, confinamientos, daños en sus hogares o cualquier otra consecuencia directa derivada de la emergencia.
Entre las iniciativas está la instauración de una prestación extraordinaria, nuevos permisos laborales para damnificados y la ampliación del permiso retribuido en caso de fallecimiento de un familiar cercano.
¿Quiénes podrán acceder a la nueva prestación por los incendios?
Esta ayuda será para los trabajadores que no puedan realizar sus funciones por los efectos de los incendios y que no tengan cubertura a través de otros mecanismos legales.
El Ministerio de Trabajo financiará esta prestación desde el inicio de la ausencia laboral. Sin embargo, los requisitos, montos, duración y proceso de solicitud se definirán en el real decreto ley y su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Se busca atender casos en los que el centro laboral no esté dañado, pero el trabajador no pueda reincorporarse por evacuación, cuidado de familiares o por gestionar pérdidas o daños en su vivienda.
Según informaciones previas al Consejo de Ministros, esta prestación estará financiada con fondos del Ministerio y gestionada a través del sistema público de empleo.
Permiso laboral para trabajadores evacuados
También se incluye un permiso específico para quienes hayan tenido que abandonar su domicilio por orden oficial.
Dicho permiso aplicaría aunque la empresa funcione normalmente, evitando que la persona evacuada tenga que reincorporarse de inmediato mientras busca alojamiento, recupera documentos o atiende asuntos personales.
Esta iniciativa amplía la protección actual para afectados por catástrofes naturales o fenómenos meteorológicos adversos.
El Estatuto de los Trabajadores contempla hasta cuatro días de permiso retribuido cuando no se puede acceder al puesto o transitar por vías restringidas debido a riesgos graves o limitaciones oficiales.
El permiso por fallecimiento podría ampliarse a diez días
Se propone aumentar el permiso retribuido por fallecimiento de un familiar cuando la causa sea un incendio, inundación u otra catástrofe natural.
Este permiso pasaría de cinco a diez días para que los afectados tengan un tiempo adecuado para trámites, desplazamientos y procesar el impacto emocional.
Los detalles sobre duración exacta, grados de parentesco y documentación requerida se establecerán en la norma definitiva.
¿Qué sucede si la empresa no puede operar?
Las empresas con daños en sus centros o que no puedan funcionar cuentan ya con opciones como expedientes de regulación temporal de empleo por fuerza mayor.
Los ERTE permiten suspender contratos o reducir jornadas temporalmente ante emergencias que impiden la continuidad de la actividad.
La Ley del Sistema Nacional de Protección Civil autoriza que estas suspensiones o reducciones vinculadas a emergencias se reconozcan como de fuerza mayor.
La nueva prestación complementará estos instrumentos para asistir también a quienes queden fuera de los mecanismos existentes.
Apoyos para viviendas, comercios y explotaciones agrícolas
Estas medidas laborales se suman a las ayudas para reparar daños en viviendas habituales, negocios, explotaciones agrarias e infraestructuras municipales afectadas por los incendios.
Para activar estas ayudas, el Gobierno podrá declarar las zonas afectadas como gravemente perjudicadas por una emergencia de protección civil.
Dicha declaración posibilita el despliegue de compensaciones por daños materiales y personales, subvenciones para viviendas y bienes, respaldo a pequeños comercios y apoyo a administraciones locales.
Además, la Ley Nacional de Protección Civil contempla beneficios fiscales, medidas laborales, moratorias y ayudas dirigidas a sectores industriales, mercantiles, agrarios y de servicios.
¿Cuándo estarán disponibles las solicitudes para las ayudas?
Los trabajadores afectados deberán aguardar la publicación oficial de la norma para conocer el procedimiento a seguir.
El real decreto establecerá:
- Las personas beneficiarias.
- El importe y duración de la prestación.
- La fecha de inicio de vigencia.
- La documentación requerida.
- El organismo encargado de gestionar las solicitudes.
- Los incendios y territorios incluidos.
Que el Consejo de Ministros apruebe estas medidas no implica que las solicitudes sean inmediatas, pues será necesario esperar la entrada en vigor y las instrucciones emitidas por el Servicio Público de Empleo Estatal, la Seguridad Social u otras instituciones.
Recomendaciones para los trabajadores afectados
Quienes estén evacuados, confinados o no puedan acudir a su trabajo deben conservar comunicaciones y justificantes emitidos por servicios de emergencia, ayuntamientos, Protección Civil y autoridades autonómicas.
Asimismo, se aconseja informar por escrito a la empresa de su situación y guardar evidencias de daños, restricciones de movilidad o imposibilidad de regresar al domicilio.
Al entrar en vigor la norma, estos documentos serán útiles para demostrar que la ausencia laboral se debe directamente a los incendios.
Nota relevante: La información presentada se basa en datos disponibles previos a la aprobación definitiva del real decreto ley. Requisitos, montos, plazos y destinatarios deben ser confirmados en el Boletín Oficial del Estado, así como a través del Ministerio de Trabajo, el SEPE, la Seguridad Social y fuentes oficiales de Protección Civil.



