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Permiso laboral de 15 días para parejas de hecho, igual que para matrimonios, según el Estatuto

El Estatuto de los Trabajadores extiende el derecho a un permiso retribuido de 15 días naturales no solo a quienes contraen matrimonio, sino también a quienes formalizan su unión mediante el registro de pareja de hecho, siempre que el trabajador informe con antelación y aporte la documentación pertinente a la empresa.

Conforme al artículo 37.3.a del Estatuto de los Trabajadores, el trabajador tiene derecho a ausentarse del trabajo durante 15 días naturales en caso de matrimonio o inscripción como pareja de hecho, manteniendo su remuneración. Esta normativa equipara ambos supuestos, por lo que no se pueden conceder menos días a quienes formen parte de una pareja de hecho registrada.

Este reconocimiento supone un avance significativo para numerosos trabajadores que optan por registrar su convivencia sin acudir al matrimonio. Según la Encuesta Continua de Hogares del Instituto Nacional de Estadística, en 2020 había en España 1.826.900 parejas de hecho dentro de un total de 11.307.200 parejas.

Permiso con disfrute de salario

Este permiso de 15 días, tanto para matrimonios como para parejas de hecho, es retribuido. Esto implica que el trabajador conserva su sueldo habitual sin que se descuenten estos días de sus vacaciones ni necesite recuperarlos posteriormente.

Para ejercer este derecho, el trabajador debe comunicarlo con anticipación suficiente y presentar la correspondiente justificación. En el caso de las parejas de hecho, la documentación habitual es el certificado de inscripción en el registro autonómico o municipal, dado que la legislación exige la formalización mediante registro y no una convivencia no inscrita.

La empresa puede solicitar dicha documentación, pero no puede eliminar ni reducir este permiso, ya sea por convenio, acuerdo interno o decisión unilateral. Los convenios colectivos pueden mejorar estos derechos, pero no rebajarlos por debajo del mínimo legal establecido.

Consecuencias de la denegación del permiso

Si una empresa impide al empleado disfrutar de este permiso o lo descuenta de sus vacaciones, está expuesta a denuncias laborales y posibles inspecciones por parte de la Inspección de Trabajo. La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social califica como infracción grave la vulneración de las normas referentes a jornada, descansos, vacaciones, permisos y tiempo de trabajo.

Estas infracciones laborales graves pueden acarrear multas que van desde 751 hasta 7.500 euros, según su grado de gravedad, el perjuicio causado, el número de empleados afectados y la reincidencia, entre otros factores.

Permisos adicionales reconocidos para parejas de hecho

La equiparación legal no solo afecta al permiso por la formalización de la unión. El Estatuto también contempla permisos relacionados con situaciones familiares para las parejas de hecho. Por ejemplo, otorga cinco días en casos de accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin ingreso que requiera reposo en casa del cónyuge, pareja de hecho o familiares incluidos en la ley.

Asimismo, reconoce dos días por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta segundo grado, ampliables si es necesario el desplazamiento.

Por otra parte, el Estatuto mantiene el derecho a un día de permiso por cambio de domicilio habitual, situación frecuente cuando se formaliza la pareja simultáneamente con una mudanza o reorganización familiar.

Inscripción como requisito esencial

La principal diferencia práctica radica en la acreditación. Mientras que el matrimonio se acredita con el certificado del Registro Civil, la pareja de hecho debe demostrar su inscripción en el registro competente. Dado que cada comunidad autónoma o ayuntamiento puede establecer requisitos propios para esta inscripción, es recomendable revisar la normativa aplicable antes de comunicar el permiso a la empresa.

Con esta regulación, el Estatuto de los Trabajadores adapta los permisos laborales a una realidad social en la que un número creciente de parejas optan por formas de convivencia diferentes al matrimonio. En consecuencia, si una pareja de hecho está registrada, el trabajador tiene derecho a 15 días naturales de permiso retribuido, igual que en el caso de un matrimonio.

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