La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado una resolución relevante que establece un precedente en las disputas legales entre los Testigos de Jehová y sus exmiembros. El tribunal ha declarado que expresiones como «secta destructiva» y las críticas que apuntan a un «control excesivo sobre la vida de los seguidores» no constituyen delitos, pues están protegidas por el derecho fundamental a la libertad de expresión.
El veredicto judicial: libertad de expresión frente al derecho al honor
La Sección 29 de la Audiencia Civil rechazó el recurso de apelación presentado por la congregación en contra de la sentencia inicial de diciembre de 2023. Los magistrados sostienen que, aunque las declaraciones de la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová puedan resultar ofensivas o incómodas para la organización religiosa, prima el derecho de las personas a compartir y expresar sus experiencias personales.
“El derecho a la libertad de expresión e información prevalece sobre el derecho al honor, incluso cuando ciertas expresiones puedan ser inexactas o exageradas.” — Extracto de la decisión judicial.
Aspectos fundamentales de la resolución
La Audiencia de Madrid basa su fallo en varios fundamentos:
- Apoyo y acompañamiento social: La actuación de la asociación se encuadra en el ámbito del apoyo emocional y la reparación de relaciones familiares afectadas.
- No se trata de un delito de odio: Los jueces descartan que las críticas tengan como objetivo eliminar la fe; más bien buscan informar acerca del impacto que la pertenencia a esta confesión puede tener en la vida de las personas.
- Uso del término «víctimas»: El tribunal respalda que los antiguos miembros puedan definirse como «víctimas», dado que sus críticas surgen del interés por restablecer vínculos afectivos con familiares que continúan en la organización.
Antecedentes de un conflicto prolongado
Se trata de la segunda sentencia emitida por la audiencia madrileña en esta materia, siendo la primera que responde de forma directa a una demanda presentada contra la asociación de víctimas como colectivo. Carlos Bardavío, abogado representante de los exmiembros, destaca la relevancia de esta resolución en un contexto donde la congregación ha sido señalada por antiguos adeptos por supuestos encubrimientos de abusos y por promover el aislamiento social de quienes abandonan el grupo.
Futuros procedimientos judiciales: Pese a este fallo desfavorable para los Testigos de Jehová, el proceso legal sigue vigente. Está programado un juicio para el próximo 12 de mayo en Torrejón de Ardoz contra Israel Flórez, expresidente de la asociación de víctimas, en el marco de denuncias cruzadas pendientes de resolución.


